- CAPÍTULO
III
- Prevención del
hostigamiento sexual
- Artículo 5º—Las obligaciones en relación con la
tutela de derechos en materia de hostigamiento sexual y personas responsables.
La Municipalidad de Hojancha asume una política contra el hostigamiento sexual
que prevenga, desaliente, evite y sancione este tipo de conductas. Para tal
efecto llevara a cabo las acciones necesarias que prevengan y desalienten las
acciones de hostigamiento sexual, teniendo como referente las necesidades de
las personas.
- La labor de
divulgación de este reglamento, así como de la política institucional de
prevención y de cumplimiento de la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el
Empleo y la Docencia será responsabilidad de la persona jerarca. Para cumplir
con dicha obligación deberá coordinar con la dependencia donde labora o en
ausencia de esta podrá hacerlo ante la Alcaldía Municipal.