9. Toma de muestras y
muestreo
Para la toma de muestras de contenido neto, etiquetado, análisis
fisicoquímicos y de residuos, se utilizará según corresponda, lo establecido en
el Decreto Ejecutivo Nº 36234-MEIC, del 30 de setiembre de 2010, Reforma
Integral al Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa
Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 o en el Decreto Ejecutivo Nº 36457-MEIC-MAG-S, Oficialización de los
métodos de análisis y muestreo mediante la norma CODEX STAN 234-1999 y sus
enmiendas del 22 de noviembre de 2010.
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