7. Materias primas
7.1 Ingredientes lácteos
Leche u otros productos obtenidos de la leche.
7.2 Ingredientes no lácteos
7.2.1 Cultivos iniciadores de bacterias
inocuas del ácido láctico y productoras de aroma y cultivos de otros
microorganismos inocuos;
7.2.2 Cuajo u otras enzimas coagulantes
inocuas.
7.2.3 Cloruro de sodio, cloruro de
potasio o una mezcla de ambos;
7.2.4 Cloruro de calcio;
7.2.5 Agua potable;
7.2.6 Condimentos y especias;
7.2.7 Hierbas, vegetales y frutas frescas
y procesadas;
7.2.8 Productos cárnicos procesados.
7.2.9 Humos naturales y artificiales en
extractos acuosos u oleosos;
7.2.10 Enzimas inocuas para potenciar el
proceso de maduración;
7.2.11 Coadyuvantes de
elaboración inocuos;
7.2.12 Harinas y almidones de arroz, maíz,
trigo y papa. No obstante las disposiciones del
Decreto Ejecutivo Nº 34922-MEIC-MAG-S (*), Reglamento Técnico Nº RTCR
407:2007 general para quesos, publicado en La Gaceta Nº 238 del 09 de
diciembre del 2008, estas sustancias pueden utilizarse con la misma función de
agentes antiaglutinantes, sólo para tratamiento de la
superficie de productos cortados, rebanados y desmenuzados, siempre que se
añadan únicamente en cantidades funcionalmente necesarias, según exigen las
buenas prácticas de manufactura (BPM), teniendo en cuenta toda utilización de
los agentes antiaglutinantes enumerados en el
apartado de aditivos alimentarios.
(*)(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo 3° del decreto
ejecutivo N° 39678 del 9 de octubre del 2015 “Publica la Resolución N° 366-2015
(COMIECO-LXXII) del 24 de junio de 2015 y su Anexo: Reglamento Técnico
Centroamericano RTCA 67.04.70:14 Productos Lácteos. Quesos. Especificaciones”
se establece lo siguiente: " Modifiquense todas aquellas referencias
normativas contenidas en los Reglamentos Técnicos nacionales hechas al Decreto
Ejecutivo Nº 34922-MEIC-MAG-S del 03 de octubre de 2008; denominado "Reglamento Técnico RTCR 407:2007 General para Quesos" derogado
por este Decreto Ejecutivo para que, a partir de la fecha de entrada en
vigencia de la Resolución Nº 365-2015 (COMIECO-LXXII) de fecha 24 de junio de 2015 del
Consejo de Ministros de Integración Económica, tales referencias se entiendan hechas según
corresponda al "Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67. 04. 70: 14 Productos Lácteos. Quesos. Especificaciones", publicado
mediante el presente Decreto Ejecutivo.")