6. Otras disposiciones
6.1 Disposiciones relativas a residuos de plaguicidas, medicamentos
veterinarios y contaminantes
Los productos objeto del presente Reglamento Técnico no deben estar
adulterados, alterados ni contaminados.
Para los efectos de este Reglamento se aplicarán
los límites máximos de residuos de plaguicidas, medicamentos de uso veterinario
y otros contaminantes estipulados en el Decreto Ejecutivo N° 33812-MEIC-MAG-S, RTCR 401:2006 Leche
cruda y Leche Higienizada y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 112
del 12 de junio de 2007.
6.2 Parámetros Microbiológicos
El Queso Cheddar deberá cumplir las características microbiológicas
establecidas en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.50:08
Alimentos. Criterios Microbiológicos para la Inocuidad de Alimentos, estipulados
en el Decreto Ejecutivo Nº 35485-COMEX-S-MEIC-MAG, del 15 de junio del
2009, Pública Resolución Nº 243-2009 (COMIECO LV): aprobación del RTCA
67.04.50:08 Alimentos. Criterios Microbiológicos para la Inocuidad de
Alimentos, publicado en La Gaceta Nº 184 del 22 de septiembre del 2009.
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