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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36831 >> Fecha 28/09/2011 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36831 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Enfoque diferenciado. En la aplicación de este Reglamento, las autoridades nacionales promoverán y aplicarán un enfoque diferenciado en el tratamiento de los casos partiendo y tomando en cuenta las consideraciones y necesidades individuales de los apátridas, personas menores de edad no acompañados, víctimas de trata, mujeres y hombres víctimas de violencia basada en género, solicitantes de la condición de persona refugiada. Este enfoque deberá permear todas las etapas del procedimiento administrativo sea éste desde el ingreso al país hasta la efectiva integración económica, social, legal y cultural del individuo.

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