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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36831 >> Fecha 28/09/2011 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36831 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—Enfoque de Género. Las Autoridades Migratorias en especial las y los funcionarios destacados en el Subproceso de Refugio están obligadas a aplicar en sus gestiones el Enfoque de Género, el cual se caracteriza por la observancia de la realidad con base en las variables sexo, género y sus manifestaciones en un contexto geográfico, étnico e histórico determinado.

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