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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36831 >> Fecha 28/09/2011 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36831 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.—Toda persona refugiada que se encuentra en el país tiene la obligación de acatar todas las leyes y reglamentos vigentes, así como las medidas que se adopten para el mantenimiento del orden público y la seguridad nacional.

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