Artículo 28.—Funciones del Departamento Administrativo-Financiero.
Son funciones del Departamento Administrativo-Financiero las siguientes:
a) Planear, dirigir, coordinar y controlar el
proceso de formulación y evaluación del Presupuesto Ordinario, Extraordinario y
el Presupuesto del Fondo Nacional Ambiental asignado para la SETENA en
coordinación con el Director (a) Administrativo (a) y velar por su efectiva
ejecución.
b) Ejecutar los movimientos presupuestarios
relativos al Fondo Nacional Ambiental y presupuestales de la SETENA, de acuerdo
con las disposiciones legales y administrativas vigentes.
c) Cumplir con el ordenamiento jurídico y demás
disposiciones atinentes a las actividades administrativas y financieras.
d) Gestionar la adquisición, custodia,
distribución y mantenimiento de los recursos materiales y proveer los servicios
que se requieran para el buen desempeño de la labor que realiza la SETENA.
e) Organizar, dirigir, coordinar y supervisar la
implementación efectiva de los sistemas administrativos y financieros
orientados a mejorar y apoyar los planes anuales operativos y los recursos
asignados.
f) Coordinar con el Departamento de Recursos
Humanos del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), y de
los demás ministerios e instituciones del Estado, que hayan designado a sus
funcionarios para prestar servicios en la SETENA, respecto a los trámites
administrativos pertinentes.
g) Planificar y gestionar ante la Dirección
Administrativa los perfiles de puestos, para la creación de nuevas plazas que
requiera la SETENA en coordinación con el Departamento de Recursos Humanos del
MINAET.
h) Realizar los trámites de contratación de los
puestos de los funcionarios de la SETENA, de conformidad con las indicaciones
de la Dirección Administrativa, todo de conformidad con la legislación vigente
en materia de nombramiento de personal.
i) Ejercer mecanismos de supervisión y control
sobre los funcionarios de la SETENA, en relación con los temas de desempeño
administrativo en forma coordinada con la Dirección Administrativa.
j) Desarrollar procesos administrativos de
mejoramiento continuo en coordinación con las otras dependencias de la
Institución.
k) Velar porque se cumplan las normas, métodos,
técnicas y procedimientos establecidos por la Contraloría General de la
República, la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, la Dirección
General de Servicio Civil y de la Proveeduría General de la República.
l) Informar trimestralmente a la Dirección
Administrativa y al Secretario General, sobre el nivel de ejecución
presupuestaria de la SETENA.
m) Establecer un mecanismo que permita
el control y el registro de los montos de las garantías de cumplimiento de las
obligaciones ambientales establecidas por la Comisión Plenaria.
n) Llevar registros actualizados del uso,
mantenimiento y control de la flotilla de vehículos de la SETENA.
o) Mantener actualizado el registro de bienes de
la institución.
p) Rendir los informes a la Dirección
Administrativa y a la Secretario (a) General que le sean requeridos en materia
de su competencia.
q) Todas aquellas otras necesarias para el
efectivo y eficiente cumplimiento de sus funciones y el interés institucional.