Artículo 19.—De las Funciones de la Dirección Técnica. Son funciones
de la Dirección Técnica las siguientes:
a) Brindar la asesoría técnica necesaria para el
buen funcionamiento de los departamentos técnicos de la SETENA.
b) Revisar proyectos de ley, reglamentos e
informes técnicos relacionados con los procesos de evaluación ambiental y
suministrar los correspondientes informes a la Secretaría General.
c) Dar seguimiento dentro del ámbito de su
competencia, a las actividades, obras o proyectos con el fin de establecer una
comunicación oficial con el desarrollador de la evaluación de impacto ambiental
que se encuentra en trámite ante la SETENA, para que así se ejecute de una
forma eficiente y efectiva dentro de los plazos establecidos.
d) Velar para que al administrativo, se le brinde
en forma eficiente y de manera expedita las soluciones a sus necesidades, bajo
el concepto de ventanilla única, como plataforma tecnológica e idónea con los
instrumentos necesarios para que en el sitio se tomen las decisiones
pertinentes para resolver el caso concreto, así como la asesoría suficiente
para una adecuada administración de su expediente administrativo.
e) Coordinar reuniones con Coordinadores de los
Departamentos técnicos de SETENA y preparar la ayuda memoria de las mismas.
f) Coordinar con el Director Administrativo las
acciones necesarias para lograr la estabilidad laboral de los funcionarios del
Departamento Técnico de la SETENA.
g) Atender solicitudes de audiencia acerca de los
proyectos que se tramitan en esta Secretaría, cuando sea requerido por la
Secretaría General.
h) Dar seguimiento a las solicitudes de la
Comisión Plenaria acerca de proyectos en trámite y / o seguimiento ambiental.
i) Atender consultas internas y externas con
respecto a los procedimientos de evaluación de impacto ambiental.
j) Representar a la Secretaría General cuando se
le requiera.
k) Rendir los informes al Secretario (a) General
que le sean requeridos en materia de su competencia.
l) Velar porque todas las funciones de los
Departamentos Técnicos de este reglamento se cumplan a cabalidad.
m) Elaborar el Manual de Procedimientos del
departamento y someterlo a consideración de la Comisión Plenaria.
n) Participar en la revisión de la Reglamentación
atinente a SETENA cuando se requiera.
o) Todas aquellas que le asigne la Dirección
General.
p) Todas aquellas otras necesarias para el
efectivo y eficiente cumplimiento de sus funciones y el interés institucional.