Artículo 30.—De las Funciones del Departamento de Plataforma de
Servicios. Son funciones del Departamento de Plataforma de Servicios las
siguientes:
a) Establecer comunicación directa y personalizada
a todos los administrados o usuarios de los servicios que brinda la SETENA, a
través de un sistema efectivo que utilice mecanismos automatizados y
personalizados.
b) Supervisar y controlar que se brinde una
respuesta oportuna y de calidad, según los requerimientos y necesidades de los
diversos usuarios y o administrados del sistema.
c) Cumplir con un servicio transparente, eficiente
y eficaz, por medio de instrumentos estandarizados que garanticen la calidad
del servicio, así como los mecanismos necesarios para una asertiva y activa
participación de la sociedad civil, según los términos que definen la ley y el
reglamento.
d) Verificar el pago de las tarifas de los
servicios y de los instrumentos técnicos y legales necesarios que se emitan en
el proceso de evaluación de impacto ambiental, para darle cumplimiento a los
fines de la Ley Orgánica del Ambiente, tales como: licencias, registros,
manuales, guías, formularios, documentos, certificaciones, constancias,
publicaciones, cursos.
e) Suministrar a los usuarios y administrados, la
información oportuna sobre los servicios, trámites, formularios y
procedimientos según el tipo de trámite y naturaleza de la actividad obra o
proyecto.
f) Ingresar, registrar y coordinar todas las
actividades, obras o proyectos, que se presenten ante la SETENA según el
instrumento de evaluación de impacto ambiental que se establezca en el
reglamento respectivo.
g) Mantener en eficiente funcionamiento el proceso
de ingreso de expedientes a la SETENA, y redistribuir las consultas realizadas
por las diferentes instituciones y usuarios a los departamentos que
corresponda.
h) Entregar a los usuarios interesados, organismos
no gubernamentales, instituciones públicas, y sociedad civil por medios
idóneos, que tenga a disposición, tales como: medios electrónicos, teléfono,
fax o en forma personal, por escrito, la información de las actividades, obras
o proyectos que se han presentado para su evaluación ambiental en este
departamento, el estado de avance de los mismos, así como las resoluciones
administrativas preliminares.
i) Rendir los informes al Director Administrativo
y a la Secretaría General, que le sean requeridos en materia de su competencia.
j) Todas aquellas otras necesarias para el
efectivo y eficiente cumplimiento de sus funciones y el interés institucional.