Artículo
22.—Recepción, estudio y adjudicación de ofertas. La Dirección de
Suministros convocará al Departamento de Administración de Tesorería y a la
Dirección Jurídica a efectos de realizar el cierre y apertura de los recintos
dispuestos para la recepción de ofertas.
La
Dirección Jurídica deberá levantar un acta notarial tanto para los concursos
nacionales como para los internacionales, consignando, para cada caso, los
participantes, las ofertas recibidas, la hora en que se llevó a cabo el acto
así como cualquier otro dato que se considere oportuno incluir. En el acta de
apertura del recinto se consignarán además las ofertas recibidas a concurso.
Este procedimiento podrá ser sustituido mediante el uso de dispositivos
electrónicos que garanticen la confidencialidad del proceso.
Para los
concursos internacionales la Dirección de Comercio Internacional de
Combustibles realizará el estudio y análisis de las ofertas, así como la
recomendación de adjudicación respectiva, la cual someterá por escrito o
electrónicamente mediante el uso de la firma digital a resolución del CCC.
Para los
concursos nacionales de transporte (terrestre entre planteles y descarga de
barcos) la Dirección de Distribución de Combustibles realizará el estudio y
análisis de las ofertas, así como la recomendación de adjudicación respectiva,
la cual someterá por escrito o electrónicamente mediante el uso de la firma
digital a resolución del CCC.
El CCC dictará
el acto de resolución que será comunicado a la Dirección de Suministros para
que proceda con la formalización correspondiente.
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