IX-Procedimiento
para la definición de humedales (manglares, esteros, rías, marismas, lagunas
costeras, pantanos, bosques anegados, salitrales). El procedimiento para la
definición de ecosistemas de humedal será el contenido en el Decreto Ejecutivo denominado
"Criterios Técnicos para la Ubicación, Identificación, Clasificación y
Delimitación de Ecosistemas de Humedal.
(Así reformado por el artículo 18 del decreto
ejecutivo N° 42760 del 7 de marzo del 2022, "Criterios técnicos para la
ubicación, identificación, clasificación y delimitación de ecosistemas de
humedal")
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