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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36868 >> Fecha 12/09/2011 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36868 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24.—La publicidad de productos naturales con cualidades medicinales no podrá:

a) Incluir información sobre posología (dosis).

b) Emplear técnicas publicitarias que puedan confundir e inducir a los menores de edad al consumo de los productos naturales.

c) Omitir la leyenda “Antes de consumir este producto, lea la información de la etiqueta”.

d) Utilizar imágenes o elementos que induzcan a error al consumidor.

e) Hacer uso de declaraciones o testimonios de usuarios del producto que no coincidan con las indicaciones aprobadas en el registro del mismo.

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