Artículo 9º—Tipo de proyectos. Tendrán prioridad los proyectos
relacionados con obras y servicios de interés social, tales como: construcción,
reparación, ampliación o mantenimiento de caminos vecinales, puentes, senderos
ecológicos, aceras, parques, instalaciones deportivas, centros educativos,
establecimientos de salud, acueductos rurales, salones comunales, centros infantiles
y centros de atención de personas adultas mayores; fabricación de materiales, equipo
y mobiliario para obras y establecimientos públicos; fabricación de materiales
e implementos educativos para los centros educativos del MEP, los CEN-CINAI y los centros de la
Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil; vigilancia comunitaria y rescate
de espacios públicos; limpieza y ornato de quebradas, ríos, playas y otros
sitios públicos; proyectos de riego; eliminación de criaderos de insectos
perjudiciales para la salud; prevención de enfermedades y promoción de la
salud, el deporte y la cultura; reciclaje de residuos sólidos; construcción y
reparación de viviendas de interés social; cuido y protección de niños, niñas,
personas con discapacidad, enfermos crónicos o terminales, y personas adultas mayores,
previa capacitación de los participantes; reforestación y arborización; protección
de parques nacionales y otras áreas protegidas; producción de alimentos para familias
pobres y comedores escolares públicos; actividades del Programa Empléate del Ministerio
de Trabajo; ideas productivas grupales; acciones de prevención o atención de desastres
y emergencias; planes de alfabetización de adultos; así como cualquier otro
proyecto considerado relevante por parte del IMAS.
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