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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 10/10/2011 >> Articulo 22
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22.—Formalización de la Venta. En el procedimiento de formalización de venta de bienes accesorios, se observarán los siguientes pasos:

 

a) Una vez recibido en ventanilla el formulario de solicitud de venta se procederá a emitir la factura comercial y el comprobante de recibo de dinero que corresponda.

b) Emitida la factura, el comprador deberá pagar los montos del bien que se trate, de acuerdo a la tarifa establecida por el INTA y publicada en La Gaceta. Para la realización del pago el usuario deberá elegir cualquiera de los siguientes medios: dinero en efectivo en la Caja Central del INTA o en las cajas de la Estaciones Experimentales, mediante transferencia electrónica o depósito directo en las cuentas bancarias del INTA, o por cualquier otro medio que se establezca como medio de pago oficial a futuro. La validez del pago estará sujeta a que el INTA pueda verificarlo y hacerlo efectivo. En el caso de la verificación del pago hecho por depósito directo a las cuentas bancarias del INTA, bastará con presentar el comprobante de depósito sellado por el Banco. En el caso de la verificación de pago por transferencia electrónica, debe solicitarse un visto bueno en la Tesorería del INTA, oficinas centrales, de previo a la entrega del bien o servicio.

c) Verificado el pago por el funcionario del INTA, y en el momento de la entrega del bien, se le entregará al comprador, documento que contenga los términos en que procede la garantía, si existe.

d) En las estaciones experimentales, se concederá la autorización para la salida del bien, mediante comprobante firmado por el Coordinador de la Estación Experimental, su superior inmediato, o del funcionario que en ese momento ocupe su cargo. El transporte corre por cuenta y riesgo del comprador.

e) Inmediatamente cumplidos todos los requisitos indicados en los incisos anteriores, el expediente será remitido a la Proveeduría Institucional con una nota de cierre final donde se indique los folios que contiene el expediente, la fecha de cierre y los resultados de la venta.


 

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