Buscar:
 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 10/10/2011 >> Articulo 5
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 5     >>
Normativa - Reglamento 0 - Articulo 5
Ir al final de los resultados
Artículo 5
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 5º—Dependencias competentes para la venta de bienes y servicios accesorios. Con respecto a las Estaciones Experimentales que se encuentran bajo administración del INTA, se considera competente para realizar la venta directa de los de bienes y servicios accesorios, el Coordinador a cargo de la Estación Experimental, quien para esos efectos, se apoyará en el personal a su cargo, conformado por los funcionarios públicos facilitados al INTA por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y que prestan sus servicios en las estaciones experimentales.

En caso de que la venta o el servicio se de en apoyo a los proyectos de las estaciones experimentales, bastará con solicitar un visto bueno a la Jefatura del Departamento de Servicios Técnicos del INTA, quien podrá otorgarlo por cualquiera de los medios de comunicación electrónicos con que cuente el INTA y que legalmente sean procedentes.

El Jefe del Departamento de Investigación e Innovación, por estar a cargo de la ejecución de proyectos de generación, innovación y transferencia de tecnología, así como de verificar y validar resultados provenientes de la generación e innovación, se encuentra obligado a solicitar el inicio del procedimiento de venta de los bienes y servicios accesorios que obtenga el Departamento a su cargo, y por lo tanto es competente para ello, siempre que las ventas o servicios no constituyan la prestación última o final del INTA frente a los usuarios. En ese entendido, el funcionario antes dicho, debe acatar lo establecido en el artículo 11 del presente cuerpo normativo y proceder de conformidad.

Las dependencias competentes de acuerdo a los párrafos anteriores, deberán participar en el procedimiento de venta, conforme se indica en este Reglamento, en coordinación con la Proveeduría Institucional quedando sometidas a su supervisión y fiscalización con referencia a las ventas, así como de la Dirección Administrativo Financiera del INTA y la Dirección Ejecutiva en cuanto a los servicios accesorios que presten.


 

Ir al inicio de los resultados