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 Normativa >> Reglamento 0 - 2 >> Fecha 06/12/2011 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 0 - 2 - Articulo 1
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Artículo 1
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COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA

(Nota de Sinalevi: Sobre este tema el Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, aprobó un nuevo Código de ética del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, publicado en el Alcance Digital N° 282 a La Gaceta N° 245 del 23 de diciembre de 2022)

CODIGO DE ETICA

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo I

Todo profesional inscrito en el Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica está en la obligación de respetar el presente Código de Ética cualquiera que sea la modalidad profesional en la que presta sus servicios, incluyendo las instituciones del Estado. En caso de que se denuncie la violación de alguna de sus normas, y se compruebe la responsabilidad del denunciado, se aplicará la sanción correspondiente, de acuerdo con la gravedad de la falta.

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