Artículo 14.
Causales de suspensión de la autorización. La autorización para el uso de la
caseta y/o del mecanismo de acceso podrá ser suspendido si se incurriere en las
siguientes causales:
Limitación al libre
tránsito, sea con impedimento parcial o total, personal o colectivo.
Ausencia de un vigilante que manipule el
dispositivo de acceso, mientras este impidiendo el paso.
Incumplimiento de las condiciones de uso
establecidas en el artículo 11.
Uso indebido de la
caseta con actos que atenten contra la moral, las buenas costumbres y el orden
público.
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