Artículo 3.
Definiciones: Cuando en este Reglamento se empleen los términos y definiciones,
debe dárseles las aceptaciones que se señalan a continuación:
Concejo: El Concejo
Municipal de la Municipalidad de Alajuela
Municipalidad: La Municipalidad del Cantón Central
de Alajuela
Organización de
Vecinos formalmente constituida: Se entiende por aquella agrupación que ha
cumplido los requisitos formales para constituirse en una persona jurídica, sea
esta Asociación de Desarrollo de la Ley sobre el Desarrollo
de la Comunidad N° 3859 o por la
Ley de Asociaciones N° 218.
Casetas de
Seguridad: Entiéndase como puestos de seguridad para vigilar el acceso de
vehículos en las vías de ingreso a caseríos, barrios o residenciales.
Mecanismos de
Vigilancia: Se entiende como mecanismos de vigilancia, los dispositivos
utilizados como cadenas de paso, agujas de seguridad o brazo mecánico,
manuales, o automáticos.
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