Artículo
3º—La Comisión dictará propuestas de lineamientos que se elevarán a
consideración y aprobación por los jerarcas institucionales de MIDEPLAN y el
Ministerio de Hacienda, quienes según corresponda, las comunicarán en el
ejercicio de sus competencias, a los diversos órganos, entes y empresas
públicas, y cuyo acatamiento será obligatorio conforme sus competencias,
autonomías y régimen legal correspondiente.
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