CAPÍTULO TERCERO
Ejecución del cierre de
libros
Artículo 15.—Solicitud de cierre de libro: La
Auditoría Interna suministrará a cada dependencia que requiera de la razón de
cierre de un libro, el formulario denominado “Solicitud de Cierre de Libros
Legales”, la cual deberá ser presentada junto con el libro a cerrar, conteniendo
al menos, los siguientes datos: fecha de solicitud, tipo, modalidad y tomo del
libro a cerrar, razón de uso, la cantidad de folios que contiene el libro, la
numeración de los folios, el nombre, cargo, número de cédula, oficina y firma
del funcionario responsable de la custodia y uso del libro.
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