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 Normativa >> Reglamento municipal 0 - 1 >> Fecha 20/12/2011 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento municipal 0 - 1 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25.—Plazo: La Auditoría Interna resolverá la solicitud de cierre de libro en un plazo de quince días hábiles a partir de su presentación.

CAPÍTULO CUARTO

Controles de libros de la Auditoría Interna

Artículo 25.—Controles de la Auditoría Interna: Para el control de los libros autorizados, la Auditoría Interna deberá llevar los registros necesarios que incorpore la información de cada libro autorizado tanto a nivel general como a nivel individual.

(Nota de Sinalevi: En la publicación de este reglamento se consignó dos veces el artículo N° 25)

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