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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 06/12/2011 >> Articulo 15
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 15
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Artículo 15
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CAPÍTULO V

De la responsabilidad por no presentar caución.

Artículo 15.—Responsabilidad por la no presentación o renovación de la caución. La falta de presentación de la garantía será causal para el cese en el cargo sin responsabilidad patronal, en los términos del artículo 120 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, en aquellos casos en que, prevenido al efecto el funcionario omiso, mantenga su incumplimiento por más de veinte días hábiles. Conforme lo dispuesto en los artículos 110, inciso l) y 113 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, en el caso de los funcionarios encargados de administrar y controlar la presentación de cauciones, constituirá un hecho generador de responsabilidad administrativa y la aplicación del régimen sancionatorio correspondiente, darle al servidor obligado posesión del cargo sin rendir previamente la caución dispuesta.


 

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