- MUNICIPALIDAD DE
BELÉN
La suscrita Secretaria del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo
tomado, en la sesión ordinaria Nº 12-2012, artículo 11, celebrada el
veintiuno de febrero del dos mil doce, que literalmente dice:
En cumplimiento del artículo 43 del Código Municipal y no habiendo conocido
objeciones, dentro del plazo de Ley, al Proyecto de Reglamento de Sesiones y
Funcionamiento del Concejo Municipal del Cantón de Belén, aprobado en la sesión
71-2011, artículo 2, celebrada el 29 de noviembre del 2011, queda el mismo
definitivamente aprobado y entra en vigencia a partir de ésta publicación.
Belén, 29 de febrero del 2012.—
- (Nota
de Sinalevi: Tal como se indica en el párrafo anterior el terxto
corresponde al publicado en La Gaceta N° 11 del 16 de enero del 2012, y
se trancribe a continuación:
REGLAMENTO DE
SESIONES Y FUNCIONAMIENTO DEL
CONCEJO MUNICIPAL
DEL CANTÓN DE BELÉN
- CAPÍTULO I
- Del Gobierno
Municipal
Artículo 1º—Las sesiones del Concejo cumplen varias
funciones tales como espacio deliberativo, órgano de toma de decisiones,
reunión del gobierno local, momento de participación democrática. A las
sesiones acuden participantes permanentes e invitados. Los participantes
permanentes acuden para ejercer su derecho dado por mandato popular:
representando, tomando decisiones y aportando sus opiniones o sea su voz; ellos
son alcaldes, síndicos y regidores propietarios o suplentes. La voz la ejercen
todos los participantes permanentes. El voto es ejercido por los regidores
propietarios.
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