Artículo 16.—Sede
de las sesiones. Las sesiones ordinarias semanales se efectuarán en la sala
de sesiones Guillermo Villegas Soto de la Municipalidad de Belén o conforme lo
acordado previamente. Las sesiones extraordinarias podrán celebrarse en la sala
de sesiones o cualquier lugar del cantón, cuando vayan a tratarse asuntos
relativos a los intereses de los y las vecinas de la localidad. Las sesiones de
trabajo se podrán realizar en el lugar de conveniencia. Las sesiones solemnes
podrán realizarse en lugares públicos.
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