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 Normativa >> Reglamento municipal 12 >> Fecha 21/02/2012 >> Articulo 21
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Normativa - Reglamento municipal 12 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.—Sustitución de Regidor(a). El o la regidora suplente que sustituye a un propietario(a), tendrá derecho a permanecer durante toda la sesión como miembro del Concejo con voz y voto, con el derecho a devengar la dieta correspondiente.


 

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