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 Normativa >> Reglamento municipal 12 >> Fecha 21/02/2012 >> Articulo 29
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Normativa - Reglamento municipal 12 - Articulo 29
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Artículo 29
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Artículo 29. Notificación. Cuando se convoque a sesión extraordinaria, se tendrán por notificadas las personas presentes sin necesidad de ulterior trámite. La parte que deba ser convocada mediante notificación, será comunicada mediante correo electrónico, fax o personalmente, sin necesidad de mayor trámite, concediéndole un plazo de tres días hábiles para manifestar su anuencia a ser recibido en la fecha propuesta, bajo el apercibimiento de ser sometido a una lista de espera, en caso de no dar respuesta en el plazo indicado.

(Así reformado mediante sesión ordinaria N° 50-2019 del 27 de agosto del 2019)

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