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 Normativa >> Reglamento municipal 12 >> Fecha 21/02/2012 >> Articulo 49
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Normativa - Reglamento municipal 12 - Articulo 49
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Artículo 49
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Artículo 49.—Informes de la Alcaldía. En este espacio del orden del día de las sesiones ordinarias se presentarán y expondrán todos los asuntos administrativos; así como cualquier otro tema de interés de la Alcaldía y toda la correspondencia que emana de la administración. Cuando se trate de un asunto administrativo o informe, se deberá entregar en la sesión correspondiente los documentos de forma digital y físicamente. La Alcaldía podrá presentar y comentar otro tipo de actividades según lo considere útil. Una vez realizada la presentación, los participantes permanentes podrán hacer consultas a la Alcaldía y preferiblemente se responda a las consultas de forma inmediata.


 

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