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 Normativa >> Reglamento municipal 12 >> Fecha 21/02/2012 >> Articulo 62
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Normativa - Reglamento municipal 12 - Articulo 62
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Artículo 62
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Artículo 62.-Obligación de formar parte de las comisiones. Los participantes permanentes están en la obligación de formar parte activa y propositiva de las Comisiones que se crean en la Municipalidad y deberán reunirse, rendir informes o dictámenes cuando así lo solicite expresamente mediante acuerdo firme el Concejo Municipal.

(Así reformado en sesión N° 75 del 17 de diciembre de 2024)

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