CAPÍTULO
VI
Del
cumplimiento de acuerdos
(Así
adicionado el capítulo anterior mediante
sesión N° 34-2014 del 10 de junio del 2014 y definitivamente aprobada mediante
sesión N° 51-2014 del 2 de setiembre del 2014)
Artículo
78.—En la última sesión de cada mes, la Secretaría del Concejo Municipal
presentará de oficio un listado de los acuerdos firmes adoptados por el Concejo
Municipal que se encuentran pendientes de cumplimiento, indicando respecto de
cada acuerdo adoptado las fechas de notificación de los mismos y el funcionario
responsable de su cumplimiento.
(Así adicionado mediante
sesión N° 34-2014 del 10 de junio del 2014 y definitivamente aprobada mediante
sesión N° 51-2014 del 2 de setiembre del 2014)
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