Artículo 129.- Cambio de razón social. Cuando el importador o comprador local de
precursores o máquinas controladas cambie de razón social, deberá tramitar este
cambio ante el Instituto, cumpliendo para ello los siguientes requisitos:
a) Enviar solicitud
firmada por el apoderado general o generalísimo notificando el cambio de razón
social y solicitando que se emita un nuevo certificado para la empresa, ya sea
de importador, comprador local o ambos, según corresponda.
b) Presentar fotocopia
certificada de la cédula jurídica modificada con la nueva razón social.
c) Aportar la o las
licencias originales que se solicita modificar, para su respectiva anulación y
la confección del nuevo documento.
Este trámite se aplica para empresas públicas o privadas que ya estén
inscritas como importadoras o compradores locales de precursores.
Para efectos de este
artículo, se considerará que el cambio de razón social se produce sin que implique
modificación alguna al número de cédula jurídica de la empresa. En caso de que
este número cambie, se tratará de una nueva empresa y por consiguiente debe
gestionarse su inscripción, como importador o comprador local.
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