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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36948 >> Fecha 08/12/2011 >> Articulo 129
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36948 - Articulo 129
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Artículo 129
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Artículo 129.- Cambio de razón social. Cuando el importador o comprador local de precursores o máquinas controladas cambie de razón social, deberá tramitar este cambio ante el Instituto, cumpliendo para ello los siguientes requisitos:

a) Enviar solicitud firmada por el apoderado general o generalísimo notificando el cambio de razón social y solicitando que se emita un nuevo certificado para la empresa, ya sea de importador, comprador local o ambos, según corresponda.

b) Presentar fotocopia certificada de la cédula jurídica modificada con la nueva razón social.

c) Aportar la o las licencias originales que se solicita modificar, para su respectiva anulación y la confección del nuevo documento.

Este trámite se aplica para empresas públicas o privadas que ya estén inscritas como importadoras o compradores locales de precursores.

Para efectos de este artículo, se considerará que el cambio de razón social se produce sin que implique modificación alguna al número de cédula jurídica de la empresa. En caso de que este número cambie, se tratará de una nueva empresa y por consiguiente debe gestionarse su inscripción, como importador o comprador local.


 

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