Capítulo VII
Plan Nacional sobre Drogas
Sección Única
Elaboración del Plan
Artículo 154.- El Plan Nacional sobre Drogas. Corresponderá al ICD a
través de sus distintas dependencias, elaborar el Plan Nacional sobre Drogas,
Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, el cual deberá ser
aprobado por el Poder Ejecutivo.
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