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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36948 >> Fecha 08/12/2011 >> Articulo 58
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36948 - Articulo 58
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Artículo 58    (No vigente*)
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Artículo 58.- (Derogado por el artículo 32 del Reglamento sobre el reporte de operaciones sospechosas sanciones financieras dirigidas sobre las personas o entidades vinculadas al terrorismo, financiamiento al terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva conforme a las resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad de las Naciones Unidas, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 40018 del 14 de noviembre de 2016. Posteriormente por el artículo 32 del Reglamentación de los artículos 15 bis y 15 ter de la ley N° 7786 Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 41016 del 10 de abril del 2018, se vuelve a derogar este numeral)

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