VII.—Que el tiempo máximo de la ventana de cambio (tiempo disponible para
que se realice la portación del número telefónico de la red donante a la red
receptora) no debe superar las 2 horas, y a su vez se debe asegurar no
interrumpir la continuidad del servicio recibido por el usuario durante más de
30 minutos. Adicionalmente la misma deberá realizarse en horas de mínimo
tráfico con el fin de evitar la afectación de la calidad y continuidad de los
servicios percibidos por los usuarios.
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