Buscar:
 Normativa >> Resolución 274 >> Fecha 14/12/2011 >> Articulo 12
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 12     >>
Normativa - Resolución 274 - Articulo 12
Ir al final de los resultados
Artículo 12
Versión del artículo: 1  de 1

XII.—Que durante el proceso de verificación de la información aportada por el cliente en la documentación de la solicitud de portación se validará que la cédula de identidad, pasaporte o certificación de personería jurídica corresponda con el Nombre o razón social del solicitante proporcionado. En caso de que no haya una correspondencia exacta entre los puntos i. y ii., del apartado X. (entiéndase correspondencia exacta como la ausencia de diferencias debido a errores ortográficos, tipográficos o de digitación), prevalecerá el número de identificación indicado en la cédula de identidad, pasaporte o certificación de personería jurídica.


 

Ir al inicio de los resultados