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 Normativa >> Resolución 274 >> Fecha 14/12/2011 >> Articulo 10
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Normativa - Resolución 274 - Articulo 10
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Artículo 10
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X.—Que la información necesaria que se deberá presentar para realizar un trámite de solicitud de portación es la siguiente:

i.     Nombre o razón social del solicitante.

ii.    Cédula de identidad, pasaporte o certificación de personería jurídica.

iii.   Autorización del representante legal y copia de la cédula de identidad, pasaporte o certificación de personería jurídica, en caso de que la solicitud no sea presentada por el acreedor de la línea.

iv.    Número telefónico que desea ser portado.

v.            Formulario de portación.


 

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