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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 24/01/2012 >> Articulo 15
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 15
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Artículo 15    (No vigente*)
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Artículo 15.—La Asamblea General sesionará ordinariamente una vez al año, durante el mes de julio y extraordinariamente por acuerdo del Consejo Directivo y / o cuando así lo solicite la mitad más uno los miembros de la Asamblea.


 

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