Artículo 5º—De los
postulantes para ser miembros del Comité Cantonal de Deportes, en
representación de las organizaciones deportivas, recreativas y comunales.
Cada miembro de la asamblea podrá postular dos candidatos, hombre y mujer,
conforme a la equidad de género. Para ser postulante a formar parte del Comité
Cantonal de Deportes, debe poseer los siguientes requisitos:
A) Ser residente en el cantón de Montes de Oro.
B) No estar inhabilitado por sentencia judicial
firme para ejercer cargos públicos de esta índole.
C) No ser pariente de los concejales, alcalde,
tesorero, auditor, contador hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad.
Una vez finalizado el
período concedido para recibir postulaciones, se procederá a la elección
respectiva.
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