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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36961 >> Fecha 09/12/2011 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36961 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Durante el proceso de implementación de las NICSP y hasta diciembre de 2015, la Dirección de la Contabilidad Nacional, fortalecerá los Principios de Contabilidad Aplicables al Sector Público Costarricense mediante directrices orientadas por las NICSP en el marco del Plan de Fortalecimiento de la Normativa Contable Gubernamental. Las instituciones públicas deberán rendir informes sobre el avance de sus procesos de implementación de normativa contable internacional, con la periodicidad y los requerimientos que la Dirección de Contabilidad Nacional disponga, durante el proceso de implementación.

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