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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36918 >> Fecha 02/12/2011 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36918 - Articulo 14
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Artículo 14
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Artículo 14.—Surf: Cualquier persona que practique el surf en las playas del Parque, estará obligada a mantener en todo momento atada a su pie la tabla de surf (uso obligatorio de la correa). No se permitirán torneos o competencias de surf durante la temporada de anidación de la tortuga baula, ni la práctica de este deporte entre las 18:00 y 5:00 horas.


 

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