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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36918 >> Fecha 02/12/2011 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36918 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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CAPÍTULO SÉTIMO

Disposiciones Transitorias

Transitorio I.—A los propietarios de hoteles, casas y otras estructuras iluminadas en Playa Grande, Langosta y Ventanas, de los cuales habla el artículo 17 del presente Reglamento, se les concederá un plazo de dos meses posterior a la publicación del presente decreto, con la finalidad de acondicionar sus propiedades según la regulación del caso.


 

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