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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36993 >> Fecha 16/01/2012 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36993 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—El premio en sus diferentes modalidades se otorgará a cualquier persona física, jurídica o grupo organizado que demuestre la promoción, la ejecución y la gestión de actividades orientadas a la reducción de vulnerabilidad ante las amenazas naturales, tecnológicas o exacerbadas por acción antropogénica; por un lapso no menor de doce meses anterior a su postulación.


 

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