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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36986 >> Fecha 11/01/2012 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36986 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 36986-S

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28, inciso b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1º y 2º de la Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, “Ley General de Salud”; 1º, 2º, inciso b) de la Ley Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973, “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”.

Considerando:

1º—Que el Ministerio de Salud no cuenta con un himno que le permita darse a conocer como ente rector y promotor de la producción social de la salud.

2º—Que el señor Hugo Acuña Jiménez, funcionario del Ministerio de Salud, en escrito de fecha 10 de noviembre del 2011, ofrece a título gratuito, sin contraprestación de ningún tipo, la letra y música, para que sea tenido como himno oficial del Ministerio de Salud.

3º—Que con fundamento en lo anteriormente expuesto y ante el ofrecimiento gratuito que hace el señor Hugo Acuña Jiménez, se ha considerado conveniente y oportuno, oficializar el Himno del Ministerio de Salud. Por tanto,

Decretan:
HIMNO DEL MINISTERIO DE SALUD 

Artículo 1º—Se declara oficial el “Himno del Ministerio de Salud”, del compositor Hugo Acuña Jiménez, portador de la cédula de identidad número 1-382-774, el cual será entonado por los funcionarios del Ministerio de Salud, en los eventos oficiales que realicen en esta Institución.

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