Artículo 5º—De los requisitos. Para la
inscripción en el registro de importadores las personas físicas o jurídicas
deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Presentar una solicitud de inscripción en el
registro de importadores, ante el órgano competente del Servicio Fitosanitario
del Estado que administra el registro, que incluya la siguiente información:
1- Nombre
y calidades del importador; cuando se trate de personas jurídicas aportar la
certificación de personería que acredite la condición legal y facultades del
solicitante. Dicha certificación no debe de tener más de tres meses de expedida
2- Copia
certificada de la cédula de identidad o copia para ser confrontada con la
original.
3- Contar con instalaciones o bodega aptas
técnicamente para el almacenamiento de los productos vegetales a importar,
declarando la ubicación de la(s) misma(s), si estas son propias deberá
presentar certificaciones del Registro Público de la Propiedad (con no más de
tres meses de haber sido emitida). Si son arrendadas o prestadas deberán
presentar copia del contrato de arrendamiento o préstamo de la misma, los que
deberán tener plazo definido del mismo.
4- Deberá
declarar los nombres de los productos a importar, sobre los que se basara su registro.
5- Indicar
el plazo de vigencia que quiere el registro, en concordancia con lo dicho en
este reglamento en su artículo 22.
b) El solicitante, además, deberá aportar los
siguientes documentos:
1- Copia
certificada de la cédula de identidad o copia para ser confrontada con la
original.
2- Copia
certificada del permiso sanitario de funcionamiento vigente, extendido por el
Ministerio de Salud, de las instalaciones o bodegas donde se almacenarán los
productos vegetales a importar, ya sean propias arrendadas o prestadas, o copia
del permiso para ser confrontado con el original.
3- En
el caso de personas jurídicas sin empleados registrados, el representante legal
deberá aportar constancia de estar al día en el pago de su seguro, todo
conforme a la ley Constitutiva de la Caja Costarricense y otras disposiciones
normativas de esta entidad.