Artículo 7.- Son funciones de la Comisión de Subastas de deuda interna del Gobierno de
la República:
1. Definir, de previo a la realización de cada subasta (competitiva o no
competitiva), los instrumentos, el rendimiento y los montos a colocar, cuando
esto sea pertinente.
2. Determinar la tasa de corte en la asignación de subastas competitivas
tomando en cuenta, pero no limitado a:
a. Necesidades de financiamiento
b. La política de endeudamiento
c. Indicadores de precios de mercado
d. El balance de costo y riesgo que se desee para el portafolio.
3. Preparar la asignación de la subasta competitiva, incluyendo el análisis
necesario para decidir los rendimientos de corte y los montos a captar.
4. Coordinar con el Banco Central de Costa Rica, especialmente cuando se
ofrecen títulos similares, pretendiendo que se tenga coherencia de la tasa de
asignación, sin dejar de lado los diferentes objetivos que cada uno persigue.
Lo anterior no puede constituirse en una limitante para la asignación.
5. Otras funciones que resulten atinentes a su objetivo y naturaleza.
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