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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 12/11/2011 >> Articulo 26
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26.—El Departamento de Proveeduría es el encargado de identificar el mobiliario y el equipo con un número de placa (adhesiva, metálica o grabada, según sea el caso), en orden consecutivo, y con un número único de placa para aquellos activos que tengan varios componentes (equipos de computación, teléfonos, escritorios, sillas, archivos, impresoras, abanicos, muebles y otros).


 

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