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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 12/11/2011 >> Articulo 4
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—La Proveeduría entregará el Activo por medio de oficio, con las características siguientes: fecha, departamento que solicitó el activo, descripción del equipo adquirido (serie, marca, modelo, color y otros), número de placa, nombre del Proveedor, número de factura, número de orden de compra y fecha. Dicho oficio debe contener la firma de quien recibe con fecha y hora y deberá archivarse en el expediente respectivo.


 

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