Artículo 49.—Normativa aplicable. El
funcionamiento del Fondo de Trabajo y Cajas Chicas auxiliares se sujetará en lo
que corresponda, a las disposiciones contenidas en:
a) Ley de Administración Pública, Nº 6227 del 2 de
mayo de 1978.
b) La Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos, Nº 8131 del 18 de septiembre de 2001 y su
Reglamento, Nº 30058-H-MP-PLAN del 19 de diciembre de 2001, y sus reformas.
c) Ley General de Control Interno, Nº 8292 del 31
de julio de 2002
d) La Ley de Contratación Administrativa, N° 7494
del 2 de mayo de 1995 y su Reglamento, Nº 33411-H del 27 setiembre de 2006, y sus
reformas.
e) El Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la
República en Resolución Nº R-CO-1-2007 del 22 de enero de 2007 y las
Disposiciones específicas para el reconocimiento de gastos de viaje y
transporte a lo interno de la Contraloría, y sus reformas.
f) Manuel de Procedimientos para el Manejo de los
Fondos de Trabajo y Cajas Chicas auxiliares en el Patronato Nacional de la
Infancia
g) Clasificador por el Objeto del Gasto del Sector
Público para Compras por Fondo de Trabajo-Caja Chica auxiliar emitido por la
Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda
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