Buscar:
 Normativa >> Circular 25 >> Fecha 15/02/2012 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1
Normativa - Circular 25 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1

CIRCULAR Nº 25-2012

ASUNTO: Modalidad para atender la disponibilidad en materia de Violencia Doméstica.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS QUE

CONOCEN MATERIA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión Nº 5-12, celebrada el 24 de enero de 2012, artículo XLVIII, dispuso comunicarles que la modalidad de disponibilidad para atender los casos que se presentan fuera de la jornada ordinaria de trabajo en materia de Violencia Doméstica, debe mantenerse tal como se presta el servicio actualmente, ya que la reforma a la Ley N° 8925, denominada “Reforma a la Ley Contra la Violencia Doméstica”,  lo que incorpora es que los/las Jueces/as Penales estarían conociendo de esta materia en los casos que esos despachos se encuentren imposibilitados para brindar el servicio.

San José, 15 de febrero del 2012

 

Ir al inicio de los resultados