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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37045 >> Fecha 22/02/2012 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37045 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17º—Características de la Oficina de Información al Ciudadano. La oficina de información al ciudadano es una instancia de la Administración Pública dirigida al ciudadano, en la que se concentran y se permite el despliegue diferenciado y personalizado de los servicios de cada institución. Dicha oficina debe contar con las siguientes características:

a) Equipo informático que permita el acceso al Catálogo Nacional de Trámites.

b) Personal capacitado en la atención al ciudadano que brinde información de todos los trámites, requisitos y procedimientos que son ofrecidos y oriente en el uso del Catálogo Nacional de Trámites.

c) Pueden recaer sus funciones en las Contralorías de Servicios, Unidades de Plataforma de Servicios, o cualquier otra instancia designada para este fin.

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