Artículo 17º—Características de la Oficina de
Información al Ciudadano. La oficina de información al ciudadano es una
instancia de la
Administración Pública dirigida al ciudadano, en la que
se concentran y se permite el despliegue diferenciado y personalizado de los
servicios de cada institución. Dicha oficina debe contar con las siguientes
características:
a) Equipo informático que permita el acceso al Catálogo Nacional de
Trámites.
b) Personal capacitado en la atención al ciudadano que brinde información
de todos los trámites, requisitos y procedimientos que son ofrecidos y oriente
en el uso del Catálogo Nacional de Trámites.
c) Pueden recaer sus funciones en las Contralorías de Servicios, Unidades
de Plataforma de Servicios, o cualquier otra instancia designada para este fin.
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